A pocos días de diciembre, la expectativa por la mesada 13, o prima de Navidad, crece entre los pensionados colombianos. Sin embargo, Colpensiones ha reiterado quiénes no recibirán este pago extra. No se trata de una eliminación reciente, sino de la aplicación de la ley.
¿Quiénes NO recibirán la Mesada 13?
La regla principal es tener una pensión formalmente reconocida. Si no cumples este criterio, quedas excluido. Colpensiones ha reiterado las siguientes exclusiones:
- Personas con Devolución de Aportes: Aquellos que cotizaron pero no alcanzaron las semanas mínimas ni la edad para pensionarse. En lugar de pensión, reciben la devolución del dinero cotizado.
- Beneficiarios del programa BEPS: Los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) otorgan un ingreso, pero no son una pensión.
- Pensionados con causación posterior a 2011 y mesadas superiores a 15 salarios mínimos: El Acto Legislativo 01 de 2005 eliminó las mesadas adicionales para pensionados después del 31 de julio de 2011 con mesadas altas.
La mesada 13, equivalente a una mensualidad de la pensión, es un alivio para muchos en diciembre. Según la Ley 100 de 1993, los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia tienen derecho a este pago, que usualmente se realiza en la primera quincena de diciembre.
Colpensiones realiza el pago automáticamente a la cuenta bancaria asociada. Sin embargo, es crucial verificar si cumples con los requisitos para evitar decepciones.
Indemnización Sustitutiva
El Régimen de Prima Media ofrece la indemnización sustitutiva para quienes no lograron cotizar las 1300 semanas, pero sí cumplieron la edad (57 años mujeres, 62 hombres). Este bono pensional corresponde al ahorro acumulado, requiriendo al menos 150 semanas cotizadas y no cumplir la edad de pensión.
Este pago extra es crucial y se realiza sin descuentos, basándose en el nivel de la mesada del jubilado.